Trabajador de construcción con casco y chaleco de seguridad firmando el reporte de un accidente laboral ante una empleada del IMSS

En México se registran, en promedio, más de 527,000 riesgos de trabajo al año según datos del IMSS — equivalente a más de 1,400 accidentes laborales cada día. Al tercer trimestre de 2024, el IMSS reportó 327,230 riesgos de trabajo registrados en ese período, con 796 muertes en accidentes laborales, un aumento del 10% respecto al año anterior. Detrás de cada cifra hay una persona que, en muchos casos, no sabía qué hacer en los momentos inmediatos después del accidente.

Lo que usted haga —o no haga— en las primeras horas después de un accidente laboral puede determinar si logra acceder a las prestaciones que le corresponden o si las pierde por una omisión procesal.

Lo que dice la ley

El artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo define los riesgos de trabajo como los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. El artículo 474 amplía esta definición para incluir los accidentes ocurridos al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al centro de trabajo y de regreso — lo que se conoce como accidente en trayecto.

El patrón tiene la obligación legal de dar aviso a la Secretaría del Trabajo, a la Inspección del Trabajo y a la Junta de Conciliación dentro de las 72 horas siguientes al accidente. Si el patrón no lo hace, el trabajador puede y debe hacerlo por su cuenta.

Los pasos concretos que debe seguir

Primero: notifique al patrón de inmediato y por escrito si es posible. Guarde un registro de esa notificación. El patrón está obligado a proporcionar primeros auxilios y garantizar su traslado a una unidad médica del IMSS.

Segundo: exija ser atendido como riesgo de trabajo, no como enfermedad general. Esta distinción es crucial porque el seguro de riesgos de trabajo cubre el 100% de su salario desde el primer día, mientras que una incapacidad por enfermedad general solo cubre el 60% y tiene un período de espera. Si el IMSS o el médico no quieren clasificar su caso como riesgo de trabajo, tiene derecho a impugnarlo.

Tercero: documente todo. Fotografíe el lugar del accidente, recopile los datos de los testigos, conserve todos los documentos médicos y cualquier comunicación con el patrón o el IMSS.

Las prestaciones a las que tiene derecho

El artículo 487 de la LFT establece que el trabajador accidentado tiene derecho a: asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación, hospitalización cuando sea necesario, medicamentos y material de curación, aparatos de prótesis y ortopedia necesarios, y la indemnización correspondiente según el tipo de incapacidad resultante.

Si la incapacidad es temporal, el IMSS paga el 100% del salario registrado durante el período de recuperación, hasta por 52 semanas. Si la incapacidad resulta ser permanente —parcial o total— el trabajador tiene derecho a una pensión o indemnización calculada sobre las Tablas de Valuación vigentes desde diciembre de 2023.

Si el patrón incurrió en falta inexcusable —es decir, si no cumplió las normas de seguridad, ignoró riesgos señalados por los trabajadores o no actuó sobre accidentes previos— el artículo 490 de la LFT establece que la indemnización puede aumentarse hasta en un 25% adicional.

Un error frecuente que debe evitar

Muchos trabajadores firman convenios de pago con el IMSS o con el patrón sin contar con una opinión médica independiente. Una vez firmado el convenio, es muy difícil revertirlo. Antes de aceptar cualquier porcentaje de incapacidad o cualquier monto de indemnización, consulte con un perito médico independiente que revise si ese porcentaje refleja realmente el daño sufrido.